Las mentiras sobre el "paro del autónomo" y las verdades que nadie te cuenta


En España existe un mito extendido sobre las ayudas por cese de actividad para autónomos. Se habla mucho de que puedes solicitar el "paro del autónomo" cuando te das de baja y has perdido ingresos.

Sin embargo, la realidad es mucho más compleja y llena de obstáculos.

Vamos a desmontar este mito basándonos en un caso real y las respuestas de la Mutua de Accidentes de Canarias.


Autónomos fuera!

Lo que se dice del "paro del autónomo"

Según lo que suele decirse, puedes acceder a la ayuda por cese de actividad siempre que te des de baja y hayas experimentado una pérdida significativa de ingresos.

Esto, dicho así, es mentira.

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La realidad del "cese de actividad"

Vamos a poner un caso real de ejemplo.

Un autónomo freelance, que se dio de baja después de perder casi un 20% de sus ingresos entre 2023 y 2024, intentó solicitar la ayuda y se enfrentó a varias dificultades con la Mutua de Accidentes de Canarias.

Las dificultades no son propiamente de esta Mutua. Igualmente se presentarían con cualquier otra mutua, ya que éstas recurren "a lo que dice la normativa". Que es lo normal y esperable. Solo que lo llevan al extremo en no pocas ocasiones.

Veamos lo que realmente ocurre.

1. No es como te lo cuentan

La ayuda por cese de actividad no es automática. Existen requisitos complicados y condiciones que no siempre se comunican claramente.

En el caso del autónomo mencionado, se le solicitó información que no era necesaria según la normativa básica.

2. Los limitados casos en los que puedes acceder

Para poder acceder a la prestación, la normativa exige cumplir varios criterios estrictos, como mantener deudas con acreedores superiores al 150% de los ingresos durante los dos trimestres fiscales anteriores.

Es decir, no se trata de demostrar que perdiste ingresos de un año a otro, sino que hablamos de pérdidas, bien sean superiores al 10% en el año en curso o bien sean por deudas acumuladas.

Esto supone un grave problema para los freelances que trabajan errantes. Es decir, todas esas personas que tienen uno (son dependientes) o varios clientes pero no tienen gastos directos como el alquiler de una oficina o el renting de equipamiento o personal a su cargo.

Para este tipo de autónomos, según el Estado y Hacienda, la vida es un camino de rosas en el que todo, absolutamente todo, es beneficio. A duras penas puedes desgravar algo del teléfono, algunas dietas -y te lo ponen complicado- y el ordenador que te compras.

Por eso, el siguiente apartado.

3. Pensadas para negocios físicos y no para freelances

Las ayudas están principalmente dirigidas a negocios físicos, como tiendas y restaurantes, y no están adaptadas para freelancers.

En el caso del autónomo freelance, sus ingresos suelen ser la diferencia entre lo que factura y lo que declara como beneficio, sin gastos significativos como alquileres o maquinaria pesada, como ya apuntaba.

Si todo es beneficio, tú nunca tendrás pérdidas. Cualquier ingreso por encima de tus obligaciones con la Seguridad Social y el 15% de IRPF que te auto descuentas ya es beneficio.

Un freelance que facture 1.900 euros al mes durante un año, que pase a facturar 1.200 euros al mes al siguiente, seguirá teniendo beneficios. Porque no se considera que cobre "un sueldo", por lo tanto, no tiene gastos deducibles. Solo beneficio.

4. Todo queda en manos de la mutua y la mutua siempre intentará no pagarte

El proceso depende completamente de la decisión de la mutua correspondiente. La Mutua de Accidentes de Canarias, en este caso, exige documentación compleja y acuerdos de refinanciación con acreedores, además de auditorías fiscales y contables.

La prioridad de la mutua siempre será evitar el pago de cualquier prestación. Y, legalmente, solo siguen la normativa vigente. Una normativa de aplicación en casos muy concretos.

1.700.000 de abandonados y abandonadas

Hay 1.700.000 de autónomos sin empleados a su cargo en España. Aproximadamente el 51% de los autónomos dados de alta en el país. Podría ser razonable pensar que ese podría ser el número aproximado de autónomos freelances itinerantes. Si bien es habitual que tengan algún pequeño despacho, hay muchísimos casos que no es así. El salón de tu casa, un espacio de coworking o las instalaciones de tus clientes se convierten en tu espacio de trabajo.

Pues podríamos afirmar que para el Estado de Bienestar y las Mutuas, ese 1.700.000 son personas sin derechos ni protección. Así de simple.

El mito del "paro del autónomo" en España está lleno de desinformación y dificultades burocráticas. Las ayudas por cese de actividad no son accesibles para todos y están condicionadas a requisitos que no siempre tienen sentido para freelancers y pequeños negocios itinerantes donde se han minimizado gastos pero donde, igualmente, puedes acabar en una situación de inviabilidad.

La realidad es que, en el sistema actual, acceder a esta ayuda significa enfrentarse a procesos administrativos complicados y exigentes, en los que la mutua busca minimizar sus pagos.

Para los autónomos, esto significa que, aunque existan normas y leyes que prometen apoyo en caso de cese de actividad, la práctica real está llena de restricciones y desafíos que pocos están preparados para enfrentar.

Una vez más se demuestra que España no quiere trabajadores por cuenta propia.

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