Cuando estás en paro y el Estado te abandona: la indefensión del ciudadano frente a las estructuras públicas


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indefensión frente al Estado

Y sí, lloriqueo y pataleo. Por muchas razones. ¿No es aquí la llorería?

Una es que me acabo de dar de baja como autónomo, así que como buen ciudadano he ido a la oficina del Servicio Canario de Empleo para inscribirme como demandante de empleo, que no parado. Y luego a la oficina del Servicio Estatal Público de Empleo, el SEPE, para solicitar la ayuda a mayores de 52 años. Y también por la Mutua de Accidentes de Canarias, la MAC, la que era mi Mutua mientras estaba de autónomo y a la que no molesté ni una sola vez en 8 años.

Y esto es lo que me he encontrado.

Tengo 31 años cotizados, sumando régimen general y el autónomo. Los últimos casi 15 años no he estado en el régimen general.

Resulta que me doy de baja porque la propia administración, en concreto la Sección de Acreditación de Centros Colaboradores, Evaluación y Calidad Formativa del Servicio Canario de Empleo me rechaza la acreditación para impartir la formación del SEPE en Transformación Digital (350 horas, 3 meses y medio de trabajo que habría tenido entre septiembre y diciembre). También me rechazó la acreditación para impartir el Cloud Deployer, otras 300 horas, creo recordar.

En total perdí la oportunidad de facturar unos 14.000 euros entre septiembre y diciembre.

El motivo fue que "no tenía título universitario" y no atendieron a nada más en el currículum, ni a los 31 años de experiencia cotizados ni a las +5.000 horas de formación continua. Nada de nada.

En otras Comunidades Autónomas, para impartir formación del SEPE, la flexibilidad es la norma. ¿Tienes experiencia y conocimientos acreditados? ¿También en docencia? ¡Pues quien mejor que tú para formar a desempleados!

Aquí no. En Canarias están más preocupados por el procedimiento que por la calidad educativa.

Repito. En Canarias la calidad educativa a los desempleados que hacen cursos del SEPE importa un rábano. Solo importa el procedimiento.

También me pusieron pegas para acreditarme en formación sobre desarrollo de aplicaciones móviles. Me exigían demostrar que había trabajado al menos 12 meses explotando aplicaciones móviles. Mientras que se da la circunstancia que conozco ya a 2 formadores acreditados a los que no se les exigió tal extremo. A mí sí. ¿Por qué esa discriminación?

Lo ignoro.

Y no lo digo aquí para que se pongan en plan estrictos con todo el mundo. Al contrario. Las personas conocidas ya acreditadas tienen solvencia más que suficiente y sobrada para impartir esa formación.

(¿Cómo se llama cuando un funcionario actúa contra un ciudadano de manera discriminatoria? Me pregunto si eso es un delito denunciable.)

La cuestión es que cogí tal rebote que decidí tirar la toalla como autónomo.

Y aquí estoy, escribiendo y llorando.

Porque lo que pagaba con mi recibo de la Seguridad Social como autónomo incluía una parte para ayuda al desempleo. O algo así. Lo que llaman el "paro del autónomo". 

¡Fuerte mentira más grande!

Resulta que cuando voy a la MAC de ayuda al desempleo nada. Es una ayuda por cese de actividad, siempre y cuando puedas demostrar un 10% de pérdidas del año en curso o el último año completado o no sé qué.

Eso que cuentan por ahí que puedes pedirlo si reduces ingresos (en mi caso, gracias a ese departamento del Servicio Canario de Empleo, reducí mis ingresos anuales casi un 20%, de 2023 a 2024) parece ser que no es tan así, que no es cierto.

Te hacen pagar de manera obligatoria una parte en tu Seguridad Social como autónomo para tener una mínima cobertura si cesas la actividad y la realidad es que si eres un freelance que trabaja en casa, a la que Hacienda no le reconoce prácticamente ningún gasto como imputable, por lo que todo lo que factura se convierte en beneficio, pues que no hay derecho a ese cese de actividad.

Puerta cerrada.

Así que me voy al SEPE por lo de la ayudita para mayores de 52 años y me dicen que cumplo todos los requisitos pero...

Pero.

Porque no podía faltar un pero.

Como en los últimos 15 años no he cotizado en el régimen general, pues que no tengo derecho a la ayuda.

¿Y los 31 años cotizados? ¿Y esa cobertura que me cobraban en el recibo por si me quedaba sin negocio?

No es cotización para el desempleo, así que te jodes.

Eso sí, la funcionaria, atenta, me señala que igualmente lo puedo solicitar. Como para que me quede callado y tranquilo.

Y lo solicito.

Pero.

No te lo van a dar. No cumples. 

¿Solución? Trabaja al menos 90 días en el régimen general.

Después de 31 años cotizados, de aportar casi el 50% de mi productividad en impuestos, nada sirve, nada cuenta, nada suma. Trabaja al menos 90 días en el régimen general. Así es la burocracia. Así son las normas. Y así las gestionan personas que todos los meses cobran sin falta el día 28. O incluso el 26, si el responsable de pagar tiene necesidad de cobrar.

Uno se siente abandonado, e indefenso, frente a la estructura del Estado. En una situación que afectará a unos pocos cientos o miles de ciudadanos pero no a los suficientes como para generar un rumor que dañe al político de turno.

31 años cotizados. Pero.

El Señor Escrivá me subió la cotización, de manera proporcional a los ingresos. Pagaba ya casi 400 euros. Se incluida una cobertura por si la vida te da una bofetada.

Pero.

Porque.

A nadie, en el SCE o en el SEPE o en la Seguridad Social y muchísimo menos en la MAC, le importas.

Especialmente en la MAC donde, por sus respuestas, parecen que están entrenando en echar balones fuera y evitar que los autónomos que se den de baja cobren absolutamente nada.

(Gracias, MAC, por esas respuestas tan confusas remitiéndome a la legislación vigente. Muchas gracias.)

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